El Congreso del Estado de Guanajuato reformó el Código Civil para reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo y sancionar las llamadas terapias de conversión cuando se apliquen a menores o personas incapacitadas.
Con esta reforma, el matrimonio deja de definirse como la unión entre hombre y mujer para convertirse en la unión entre personas cónyuges, lo que garantiza el matrimonio igualitario en todo el estado. Además, se establecen sanciones de 2 a 6 años de prisión y 20 a 60 días de multa para quienes impartan, obliguen o financien terapias de conversión sexual a menores o personas incapacitadas. En caso de que los responsables sean tutores o padres, podrían enfrentar multas y tratamiento psicológico obligatorio, según lo determine el juez.
La diputada María Eugenia García Oliveros, promotora de la reforma, destacó que estos cambios buscan saldar una deuda histórica en materia de derechos humanos y reconocer la dignidad, identidad y derecho de las personas LGBT a conformar una familia. Organizaciones y colectivos a favor del matrimonio igualitario celebraron la medida como un paso definitivo hacia la igualdad legal y social.
Durante la votación, grupos conservadores y algunos ciudadanos se manifestaron en contra del cambio, argumentando que ya existían garantías de igualdad sin modificar la definición del matrimonio. Legisladores del PAN se abstuvieron o votaron en contra, señalando que la reforma no era necesaria.
Aunque desde 2021 varias parejas del mismo sexo ya habían contraído matrimonio en Guanajuato bajo un decreto administrativo, el reconocimiento legal en el Código Civil formaliza estos derechos y alinea al estado con los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y los estándares internacionales en materia de derechos humanos.





